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Los derechos que tenemos las mujeres (II)



Las mujeres tenemos derecho a:
  • Decidir respecto a su vida sexual, es decir, respecto de cuando desean y cuando no desean tener relaciones sexuales, y negarse a practicas sexuales que les desagraden o lastimen.
  • Denunciar todo ataque sexual de que sean objeto; ser atendidas inmediata, respetuosa y diligentemente por los funcionarios de las agencias del Ministerio Público, como los agentes, los médicos, los trabajadores sociales, los policías y los peritos.
  • Esperar que se les brinden servicios de justicia gratuitos y completos, que incluyan tratamiento contra enfermedades venéreas y terapia tendiente a curar los traumas físicos y emocionales producidos por alguna agresión.
  • Ser informadas con claridad respecto del proceso; consultadas cuando, a fin de perseguir un delito que denunciaron , se requiera revisar su persona o sus ropas, y tratadas con todo respeto a su dignidad y pudor durante la revisión.
  • Exigir que los funcionarios de la administración de justicia no prejuzguen su dicho.
  • Recibir orientación respecto de como exigir a su victimario la reparación del daño.

La maternidad no puede ser motivo de discriminación y debe ser atendida debidamente, lo cual significa que las mujeres tienen derecho a:
  • Ser protegida durante sus embarazos y en el ejercicio de su maternidad.
  • Ser atendidas por el personal de salud, en caso de enfermedad, de embarazo de parto, con respeto y cuidado y de acuerdo con sus necesidades.
  • Ser consultadas sobre si desean que se les aplique un método anticonceptivo y ser respetadas cualquiera que sea su decisión al respecto.
  • Exigir que sus derechos laborales no queden condicionados por la renuncia a la maternidad, es decir que no se les niegue algún trabajo que soliciten, ni se les despida del que ya tengan, por estar embarazadas
  • Tener dos descansos de media hora cada uno durante la jornada de trabajo para alimentar a sus hijos lactantes.
  • Gozar, con la percepción de un salario integro, de seis semanas de descanso anteriores y seis posteriores al parto para reponerse y atender a los recién nacidos.
  • Recibir las prestaciones que otorguen a las madres las normas especificas y los contratos colectivos de trabajo.

La condición femenina no debe ser pretexto para negar a la mujer trabajos dignos ni para darle un trato discriminatorio en materia laboral.

Las mujeres tienen derecho a:

  • Ser respetadas en su trabajo, no ser objeto de acoso sexual y denunciar a quien les cause un perjuicio laboral por no responder afirmativamente a sus demandas sexuales.
  • Recibir un salario igual que los hombres por igual trabajo.
  • Obtener y conservar un empleo, sin que ello se condicione a que renuncie al matrimonio.

Estos derechos están reconocidos por las leyes mexicanas y pos los tratados internacionales que México ha ratificado y que deben cumplirse. Por lo tanto, es obligación de las autoridades de nuestro país protegerlas.

Cuando alguien no responde a los derechos de una mujer y cuando las autoridades administrativas que deban protegerla no cumplan con ese deber, o cuando sea precisamente una autoridad la que viole esos derechos , la mujer podrá acudir a alguna de las Comisiones de Derechos Humanos a presentar su queja contra la autoridad involucrada.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) esta facultada por la ley para recibir las quejas sobre presuntas violaciones a los Derechos Humanos cometidas por las autoridades administrativas federales. Las quejas se pueden presentar en:

Av. Periférico Sur No 3469, Col. San Jerónimo Lidice, Delegación. Magdalena Contreras C.P. 10200 México D.F.

Si usted desea obtener más información, comuníquese a la Coordinación del Programa sobre Asuntos de la Mujer en:

Carretera Picacho-Ajusco 238-2, Edificio Torre 2, Col. Jardines de la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, México D.F., Tel. 631-00-40 Ext. 314.

Para la protección y promoción de los derechos de la mujer existen diversas asociaciones, entre las que destacan:
Centro de Investigación y Capacitación de la Mujer, A.C. (CICAM)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C.
Comunicación e Información de la Mujer, A.C. (CICAM)
Asociación Mexicana de Lucha Contra la Violencia en Mujeres.
Programa Universitario de Estudios de Genero.
Asociación Mexicana de Educación Sexual.
Centro de Apoyo a la Violencia Intrafamiliar.
Apoyo a las Mujeres Maltratadas.
Centro de Apoyo a la Mujer.
Programa Interdisciplinario de Ayuda Contra la Violencia.
VEMEA (realiza trabajo de apoyo a mujeres de la 3ª edad.)
Centro de Apoyo a la Mujer, "Margarita Magón", A.C. (CAM).
Grupo de Educación Popular con Mujeres, A.C. (GEPM).

O buscar asociaciones y centros de apoyo para el país en el que te encuentras...

http://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECH

Articulos relacionados: http://mujerybienestar.blogspot.com/2013/07/los-derechos-que-tenemos-las-mujeres.html

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